Sr. Apoderado:
Como cada año, la autoridad sanitaria del país ha dispuesto el proceso vacunatorio de todos los niños de 1º básico (SRP y DTPA), 4º básico (1era dosis Papiloma Humano), 5º básico (2da Dosis Papiloma Humano) y 8º básico (DTPA). “Esta es una medida rutinaria, instruida por la autoridad de Salud Pública y su aplicación tiene carácter OBLIGATORIO por lo cual NO REQUIERE la autorización por medio de firma de consentimiento informado de los padres y/o apoderados, en conformidad con lo establecido en el artículo 32º del Código Sanitario y el Decreto exento N°6 del 2010”.
Para llevar a cabo el proceso se ha reservado días y horarios a fin de evitar aglomeraciones.
Conforme a ello, con el fin de ser atendidos ordenadamente, hemos recibido las siguientes indicaciones desde el CESFAM:
REQUISITOS:
Saludos cordiales,
Carolina Campos
Departamento Social